Casación No. 91-2012

Sentencia del 30/04/2013

“...De la simple lectura del memorial de interposición, esta Cámara advierte defectos en el planteamiento del recurso que se resuelve. En primer lugar, porque el casacionista denuncia infringidas normas que no son de estimativa probatoria, lo cual técnicamente hace nugatorio el medio de impugnación, pues para invocar esta clase de error [de derecho en la apreciación de la prueba], el interponente debió establecer fehacientemente que en el fallo objeto de impugnación, la Sala sentenciadora conculcó disposiciones que regulan lo relativo a la valoración de los medios de prueba aportados al proceso.
...De igual manera, al referirse a la prueba de declaración de testigos, el casacionista argumenta que el referido medio de convicción no fue apreciado por la Sala sentenciadora en aplicación de las reglas de la sana crítica. Sobre el particular, es preciso indicar que esta Cámara también advierte defectos en el planteamiento, pues técnicamente cuando se denuncia la infracción a las reglas de la sana crítica, es menester que el interponente indique en forma precisa e individualizada qué reglas de dicho sistema de valoración estima vulneradas, pues lo contrario hace improsperable el recurso de casación...”